viernes, 27 de enero de 2017

ANÁLISIS ECONÓMICO DEL DERECHO

1. GENERALIDADES
Existen diversos métodos de interpretación del derecho, entre los cuales podemos citar el método literal, el método teleológico, el método sociológico, el método funcionalista, entre los principales métodos de interpretación, sin embargo, los métodos de interpretación cambian y también aparecen nuevos métodos de interpretación en el derecho.
En todos los Estados no se aplican los mismos métodos de interpretación, en tal sentido, en no todos los Estados se aplica de igual manera el análisis económico del derecho.
Al aplicar los distintos métodos de interpretación es posible alcanzar resultados distintos en cada método de interpretación, por lo cual al aplicar el análisis del derecho pueden alcanzarse diferentes conclusiones a las que se alcanzan al aplicar otros métodos de interpretación.
El análisis económico del derecho es un método de interpretación del derecho que se orienta a maximizar beneficios al menor costo, o maximizar los resultados o beneficios en un marco de recursos escasos.
El análisis económico del derecho aplica reglas de la economía al derecho. En tal sentido desde cierta perspectiva el análisis económico del derecho es la economía aplicada al derecho.
En el análisis económico del derecho se estudian entre otros temas los incentivos y los desincentivos. Los incentivos son medidas a través de las cuales se promueve determinada conducta. Los desincentivos son medidas a través de las cuales se promueve que un hecho no se realice u ocurra.
Es decir, a través de las normas el legislador puede incentivar o desincentivar determinadas conductas, por ejemplo los Códigos Penales en los Estados que pertenecen a la familia romano germánica desincentivan las conductas que son tipificadas como delitos en cada uno de los Estados..
Para algunos autores gran parte del derecho puede comprenderse aplicando el análisis económico del derecho.
Algunos tratadistas están en contra de la aplicación del análisis económico del derecho. Sobre todo los filósofos son los que cuestionan la aplicación de este método de interpretación del derecho.
Aplicando el análisis económico se puede determinar cuando resulta eficiente incumplir un contrato.
Los motivos por los cuales se está en contra del análisis del derecho es por que esta tendencia está en contra de la buena fe y de los valores, es decir, este método puede ser desvirtuado desde cierta perspectiva. Sin embargo, son innegables las ventajas de aplicar el análisis económico del derecho.
Es necesario precisar que el derecho no sólo es un conjunto de normas sino que también es necesario tener en cuenta los valores y la conducta humana conforme lo precisa la teoría tridimensional del derecho.
El autor que desarrollan el análisis económico del derecho en nuestro medio es Alfredo Bullard Gonzales.
En nuestro medio existe poca bibliografía sobre el análisis económico del derecho lo que no permite efectuar los estudios correspondientes.
Las fuentes de información sobre el análisis económico del derecho también se encuentran en revistas jurídicas.
En nuestro medio son pocos los abogados que se han especializado en el análisis económico del derecho y menos los que publican sobre este método de interpretación del derecho.
En la Universidad de Yale se organizan maestrías dedicadas al estudio del análisis del derecho.
En nuestro medio el análisis económico del derecho recién se aplica en los últimos años.
En el análisis económico del derecho se estudian los costos de transacción y se orienta a que las normas a aprobarse reduzcan los costos de transacción.
Los costos de información forman parte de los costos de transacción.
El análisis económico del derecho no sólo es de aplicación al derecho civil, sino también al derecho empresarial, al derecho penal y al derecho registral entre otras ramas y áreas del derecho. Por ejemplo en el derecho registral se aprecia que la publicidad registral reduce los costos de transacción. Otro ejemplo lo ubicamos dentro del derecho empresarial en el cual podemos determinar que contar con Código de la Empresa reduce los costos de información, y por tanto, los costos de transacción.
Para algunos se puede definir los costos de transacción como los que se originan en la identificación, reunión, negociación y cumplimiento del contrato celebrado entre las partes. Los costos de transacción incluyen los costos de identificación de las partes con las que uno va a celebrar un contrato, los costos de reunión, los de negociación y los costos de celebrar y ejecutar un contrato
Otro tema que se desarrolla en el análisis del derecho es la eficiencia de las instituciones jurídicas, en tal sentido las instituciones jurídicas que no son eficientes deben ser reformuladas o sustituidas, en el mismo sentido las instituciones jurídicas eficientes deben ser consagradas legislativamente, por ejemplo para algunos tratadistas es eficiente consagrar el pacto comisorio (en la actualidad se encuentra consagrado en el derecho peruano para bienes muebles e incorporales, conforme a la ley de garantía mobiliaria de este año 2006) en el derecho peruano por que es menos oneroso para el acreedor, el cual para algunos tratadistas es considerado como la parte débil.
El proceso judicial es ineficiente en el derecho peruano, por tanto, el derecho crea mecanismos para no recurrir a él entre los cuales podemos citar el arbitraje y la conciliación, los cuales han sido desarrollados recientemente en el Estado Peruano.
El análisis económico del derecho debe ser estudiado como un método de interpretación de la realidad social. Sin embargo, en las fuentes de información que desarrollan los métodos de interpretación no siempre se dedican al estudio del análisis económico del derecho. Es decir, las fuentes de información que desarrollan los métodos de interpretación por lo general no desarrollan el análisis económico del derecho.
El análisis económico no sólo es de aplicación al derecho, sino a todas las actividades humanas.
Podemos afirmar que el derecho positivo de los Estados que pertenecen a la familia romano germánica debe incentivar que los contratos se cumplan, por lo cual es necesario afirmar que en el Estado Peruano existen incentivos a que los contratos no se cumplan, por tanto, es necesario modificar el Código Procesal Civil Peruano de 1993 para que los procesos judiciales civiles tengan una duración menor, y de esta manera se incentive el cumplimiento de los contratos. Como medida urgente es necesario introducir en el derecho procesal civil peruano el derecho monitorio.
La responsabilidad precontractual incentiva que las negociaciones en los contratos sean de buena fe.
En las privatizaciones también se aplica el análisis del derecho, por que sólo es conveniente privatizar una empresa cuando resulta eficiente la privatización.
El derecho tributario peruano no incentiva la constitución de personas jurídicas, porque para efectos tributarios éstas no pueden tributar en el Régimen Unico Simplificado (RUS) sino sólo pueden tributar en el Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER)o en el Régimen General del Impuesto a la Renta (RG). Es decir, en estos dos últimos régimenes tributarios se tributa mas y además es mas difícil y costoso tributar por que se llevan libros de contabilidad, por lo cual se puede ver como el derecho positivo peruano desincentiva la constitución de personas jurídicas de derecho privado.
En el derecho aduanero no se puede incentivar las exportaciones a través de tributos, por ejemplo no se puede premiar las exportaciones a través de medidas arancelarias.
En el derecho aduanero debe desincentivarse las importaciones a través de medidas arancelarias.
El análisis económico del derecho es sólo un método de interpretación, sin embargo, en nuestro medio ha alcanzado mucha importancia, lo que no ocurre con otros métodos de investigación. Es decir, resulta asombroso que en nuestro medio se otorgue tanta importancia a un método de interpretación.
Los métodos de interpretación no tienen la misma importancia en todos los tiempos, por ejemplo en algún tiempo tuvo mucha importancia la exégesis (en Francia a partir del Código Civil Francés de 1804) y las pandectas (en Alemania aproximadamente en el año 1900).
El análisis económico del derecho busca aplicar la economía al derecho, y no sólo a las instituciones jurídicas. Es decir, busca aplicar la economía a todas las fuentes del derecho (este sub tema lo desarrollaremos en el sub título tres, de tal forma que ahora no desarrollaremos el mismo). Busca asignar recursos escasos en un mercado, valiéndose para efecto del derecho.
El derecho tiene como función regular la economía, en tal sentido esta última es determinada por el derecho, y dentro de éste no sólo por el derecho positivo o legislación. Debemos dejar constancia que esta es la función principal del derecho.
El derecho tiene implicancias económicas, por ejemplo una sentencia (que puede ser jurisprudencia o ejecutorias y también en el caso de resoluciones administrativas) tiene las mismas o la doctrina, es decir, no sólo la ley, sino también otras fuentes del derecho.
Los abogados que aspiren a ser juristas deben tener nociones de economía y de análisis económico del derecho a efecto de poder comprender las implicancias económicas de las instituciones jurídicas, es decir, sin tener tales nociones, no se puede comprender las mismas. Dejando constancia que el mercado es una institución.
Para los agentes económicos (que son empresas y estado principalmente, pero no son los únicos, algunos por esto agregan como agente económico a la familia. Debemos dejar constancia que algunas personas confunden los agentes económicos con los empresarios, lo cual es necesario dejar constancia a fin de no inducir a error al lector o investigador, es decir, los agentes económicos son estudiados no sólo por el derecho empresarial, sino también por otras áreas del derecho, en consecuencia resulta difícil que una rama del derecho no estudie a los agentes económicos) son de vital importancia estas nociones, por lo cual podemos afirmar que si un agente económico no conoce las mismas no puede desenvolverse con facilidad en el mercado.
2. ANTECEDENTES
En todo trabajo de investigación resulta necesario revisar los antecedentes a fin de tener en cuenta los trabajos ya realizados sobre la disciplina estudiada, en caso de no revisar los mismos podemos dejar de lado parte importante de la doctrina en tal sentido revisaremos a continuación los mismos. Todo lo cual coadyuvará a llegar a conclusiones mas confiables, exactas, elaboradas y merecedoras de ser tomadas en cuenta para estudios posteriores estudios sobre el método en cuestión.
El análisis económico del derecho encuentra sus principales antecedentes en el derecho de Estados Unidos de Norteamérica.
Posteriormente aparecen antecedentes en el derecho peruano, dentro de los cuales podemos citar el libro titulado El Otro Sendero cuyo autor es Hernando de Soto del Instituto Libertad y Democracia, para luego aparecer otros libros y en la actualidad podemos citar los libros de este método de Alfredo Bullard Gonzáles y Fernando Cantuarias Salaverry. Y los trabajos de Luis Pizarro Aranguren.
La mayor parte de los trabajos existentes sobre este método son derecho civil y administrativo, en consecuencia hace falta la aplicación de este método a otras ramas del derecho. Máxime que pocos conocen sus bondades, sin embargo, es necesario tener en cuenta que es un método con muchos defectos y detractores, en consecuencia no es un método perfecto. Sin embargo, no podemos precisar que algún método lo sea, sin embargo, existen otros métodos que si son bastante confiables como el método dogmático, funcionalista y comparativo.
Sin embargo, debemos dejar constancia que en varias revistas jurídicas peruanas encontramos algunos artículos sobre este método.
Es decir, el análisis económico del derecho es un método que ha aparecido recientemente, no teniendo antecedentes muy antiguos, por tanto, al momento de buscar fuentes de información, debemos seleccionar dentro de las mismas a las recientes, ya que en caso de revisar libros de hace doscientos años, no encontraremos información.
3. FUENTES DEL DERECHO
Cuando se estudia cualquier tema es necesario tener en cuenta las fuentes del derecho, las cuales son poco conocidas por parte de los abogados, por lo cual a continuación nos referiremos a las mismas.
El derecho tiene las siguientes fuentes: la ley, doctrina, jurisprudencia, ejecutorias, principios generales del derecho, costumbre, realidad social y manifestación de voluntad. Las cuales pueden ser consideradas como partes o elementos del derecho, sin embargo, este tema se encuentra poco trabajado o estudiado.
En tal sentido debemos dejar constancia que el análisis económico del derecho se puede aplicar a todas las fuentes del derecho. Se puede buscar la eficiencia económica de todas ellas, juntas o por separado. En tal sentido se puede buscar la eficiencia económica de la ley, doctrina, jurisprudencia, ejecutorias, principios generales del derecho, costumbre, realidad social y manifestación de voluntad.
Ninguna fuente del derecho está al margen del análisis económico del derecho, por lo cual conviene que todo abogado que aspire a ser jurista conozca y domine el mismo.



 4. DERECHO Y ECONOMÍA

El derecho tiene antecedentes mas antiguos que la economía, en tal sentido la economía no tiene antecedentes muy remotos.
El derecho y la economía se deben aplicarse juntos, porque se dividen sólo para efectos de estudio.
Los principios económicos deben ser utilizados en el derecho, por lo cual todo jurista debe dominar la economía.
En el derecho se estudia derecho privado, público y social, las cuales comprenden a todas las ramas del derecho, entre otros temas.
En la economía se estudia la eficiencia económica de las instituciones, externalidades, costosmercadooferta y demanda, entre otros temas propios de la misma, sin embargo, es necesario dejar constancia que pocos abogados tienen nociones de economía, lo cual puede ser utilizado como una ventaja frente a los abogados que no manejan estos conceptos o términos económicos o herramientas económicas.
De la economía recomendamos los siguientes libros:
1.    Finanzas Corporativas de Stephen A. ROSS, Randolph W. WESTERFIELD y Jeffrey F. JAFFE. En este libro se desarrolla el valor y presupuesto de capitalriesgoestructura de capital y política de dividendos, financiación a largo plazo, planificación financiera y financiación a corto plazo y temas especiales como fusiones y adquisiciones, dificultades financieras y finanzas corporativas. En este libro los temas que faltan desarrollar son las escisiones.
2.    Macroeconomía. Enfoques y Modelos de Félix JIMÉNEZ. En el cual se desarrolla la macroeconomía breve historia y conceptos básicos, agregados macroeconómicos y contabilidad nacional, fundamentos microeconómicos de macroeconomía, la ofertadineromercados financieros, balanza de pagos, teoría de la política macroeconómica y las nuevas tendencias de la teoría macroeconómica.
3.    Principios de Economía de N. Gregory MANKIW. En el cual se desarrolla la oferta y la demanda, los mercados y el bienestar, la economía del sector público, la conducta de la empresa, el análisis económico de los mercados de trabajo, temas avanzados, datos macroeconómicos, la economía real a largo plazo, el dinero y los precios a largo plazo, análisis económico de las economías abiertas, las fluctuaciones económicas a corto plazo, entre otros.
4.    Microeconomía de Robert S. PINDYCK y Daniel L. RUBINFELD, en el cual se desarrolla los mercados y los precios, los productores, los consumidores y la oferta competitiva, competitividad estratégica y estructura de mercados, la información, los fallos del mercado y el papel del estado, entre otros.
En estos libros encontramos desarrollados los principales temas económicos, los cuales son de mucha utilidad para los juristas.
Estos libros no son de análisis económico del derecho sino de economía, sin embargo, nos brindan herramientas necesarias que permiten comprender la primera.



17. ANÁLISIS ECONÓMICO DEL DERECHO, NEGOCIACIÓN Y LA RESPONSABILIDAD PRECONTRACTUAL

La negociación es la etapa en la cual se discute si se celebrará o no el contrato, al igual que las condiciones del mismo. La misma ocurre durante las tratativas, tratos previos o tratos preliminares.
La responsabilidad precontractual es la responsabilidad en que se incurre durante la negociación de un contrato.
El análisis económico es de aplicación a la negociación y a la responsabilidad precontractual, ya que esta última desincentiva las negociaciones malintencionadas o de mala fe.
En tal sentido la responsabilidad precontractual pone fin a la negociación distorsionada.
Pocos autores han desarrollado este tema, por lo cual tocamos el mismo a fin de tener un enfoque mas amplio del mismo.
Sin embargo, si no se comprende lo que son los incentivos no se puede entender esta parte del trabajo.
18. ANÁLISIS ECONÓMICO DEL DERECHO Y CALIFICACIÓN REGISTRAL DE DOCUMENTOS JUDICIALES
Las órdenes de registración emitidas por el Poder Judicial para que sean cumplidas por los registradores públicos, se discute si deben calilficarse o no, lo cual ha merecido muchos estudios por parte de los tratadistas, sin embargo, los estudios han sido efectuados sólo por registralistas, pero no por procesalistas.
El derecho desincentiva la calificación registral de documentos judiciales lo cual trae como consecuencia que existen muchas inscripciones forzadas por mandato judicial con las cuales se afecta derechos de terceros y titulares registrales.
En consecuencia es necesario modificar el derecho positivo peruano, para evitar que existan las mismas, todo esto en beneficio de titulares registrales y terceros registrales.
19. ANÁLISIS ECONÓMICO DEL DERECHO Y DERECHO CIVIL
El derecho civil forma parte del derecho privado y también se le conoce como derecho común.
Forman parte del derecho privado el derecho civil y el derecho comercial o mercantil, principalmente.
El análisis económico del derecho se aplica al derecho civil, por tanto, se puede entender mejor el este último si estudiamos este método.
En nuestro medio la mayor parte de estudios sobre este método son estudios orientados al estudio del derecho civil.
El derecho civil peruano incentiva los divorcios, lo cual realiza hace unos pocos años, ya que antes no lo hacía.
20. ANÁLISIS ECONÓMICO DEL DERECHO Y OTRAS RAMAS DEL DERECHO
El derecho civil o derecho común es una rama del derecho, pero no es la única, en consecuencia existen otras ramas del derecho como el derecho procesal civil, administrativo, cartular, comercial o mercantil, societario, y penal, entre otras.
El análisis económico del derecho no sólo es de aplicación al derecho civil, sino que se puede aplicar a todas las ramas del derecho.
Por ejemplo en el derecho procesal civil peruano el hecho es estar establecidas facultades disciplinarias al Juez, incentiva que en los procesos civiles peruanos no se actúe de mala fe.
21. ANÁLISIS ECONÓMICO DEL DERECHO Y DERECHO EMPRESARIAL
El análisis económico del derecho como precisamos no sólo es de aplicación al derecho civil, sino a todas las ramas del derecho, en consecuencia también es de aplicación al derecho empresarial
El derecho empresarial es el conjunto de ramas del derecho que estudian y regulan la actividad empresarial, el cual debe estar al servicio de los agentes económicos.
Por ejemplo dentro del derecho societario (esta rama del derecho privado, comercial o mercantil forma parte del derecho empresarial) se incentiva que las sociedades se inscriban en registros públicos, ya que al estar inscritas recién adquieren personalidad jurídica y en algunos casos obtienen la responsabilidad limitada.
Otro ejemplo es que si no se pagan y declaran tributos se impone multas lo cual incentiva que se cumpla con las obligaciones tributarias.
Otro ejemplo lo encontramos dentro del derecho bursátil que forma parte del derecho privado, comercial o mercantil y empresarial, en el cual se aprecia que la existencia del mercado de valores incentiva la inversión y el movimiento de grandes capitales, que muchas oportunidades puede ocurrir en una sola operación o en varias. Por ejemplo en la titulización de activos se mueven grandes capitales.






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